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Reconocimiento de Paternidad en Colombia

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En principio, el reconocimiento de paternidad se da por voluntad propia del padre, la madres y el niño, es un proceso el cual se puede realizar antes o después del nacimiento del niño. Este sería el caso ideal, donde se hace el reconocimiento voluntariamente, pero en caso de que este no sea voluntario se procederá con el reconocimiento por demanda.

Cada uno de estos casos los vamos a explicar a continuación, ya que si es o no voluntariamente el reconocimiento, existirá un proceso diferente.

Reconocimiento de paternidad notarial

Este es el reconocimiento más sencillo de realizar, ya que se realiza por voluntad de los padres después del nacimiento del nacimiento del menor.

Lo único que debe realizar es acercarse a la notaría más cercana con el documento de identidad de ambos padres y realizar el reconocimiento firmando el Registro Civil de Nacimiento.

Reconocimiento voluntario de paternidad ICBF

El reconocimiento voluntario de paternidad ante el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar “ICBF” comienza cuando los interesados asisten por voluntad propia al centro del ICBF más cercano o cuando son citados por un defensor de familia.

Si el padre acepta el reconocimiento, se firmará un acta y el defensor de familia la enviará a una notaría o una oficina de la Registraduría Nacional para que se realice la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento del menor.

En caso de que no sea aceptada, se procederá con la investigación para determinar la paternidad del menor, proceso en el cual se tomarán en cuenta las pruebas de ADN realizadas o que se puedan realizar. Si el padre acepta se procede con la inscripción en el Registro Civil de Nacimiento, en caso de no aceptarla, el caso será llevado ante un juez de la república, presentando una demanda de paternidad. 

Requisitos

Los interesados podrán acercarse al ICBF más cercano con los siguientes documentos:

  • Copia del registro civil de nacimiento del menor (autenticada menor a 30 días)
  • Copia de la Tarjeta de identidad si el menor tiene más de 7 años
  • Datos de contacto y preferiblemente documento de identidad del citado 
  • Datos de contacto y documento de identidad del citante
  • Pruebas y documento adicionales a presentar en la audiencia como por ejemplo la prueba de ADN
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Reconocimiento de paternidad por demanda

En caso tal de que el reconocimiento no se pueda llevar a cabo por voluntad propia ante el ICBF, está la opción de utilizar la vía judicial, haciendo que el padre del menor comparezca ante un juez de la república.

Si la persona citada no comparece ante el juez y no presenta excusa, se inicia con una demanda de investigación de paternidad, también se puede utilizar esta vía legal en caso de que sea la madre quien se niega a reconocer al padre biológico del menor.

Requisitos

Para efectuar la demanda se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Nombre completo y dirección de residencia o trabajo del demandado.
  • Nombre completo y dirección de residencia del demandante.
  • Registro civil de Nacimiento del Menor
  • Pruebas que demuestren la paternidad
  • Testigos que puedan dar testimonio de la paternidad del menor
  • Presentar la demanda por escrito y por medio de un abogado

Ya sea con el ICBF o por medio de la vía Judicial, la finalización de este proceso culmina cuando se realiza la modificación del registro civil en una notaría colombiana.

Demanda de reconocimiento de paternidad

Presentar una demanda para el reconocimiento de paternidad es la última instancia a la que debes acudir, ya que el proceso judicial suele ser bastante demorado y tienes que contratar un abogado para redactar y presentar la demanda ante un juez.

No existe un formato modelo de demanda de reconocimiento de paternidad en Colombia, como lo dijimos anteriormente, esta debe ser redactada y presentada por un abogado.

En la demanda de investigación de paternidad, se tomarán en cuenta desde testigos hasta una prueba de ADN que demuestre la paternidad del menor.

Cuanto se demora el reconocimiento de paternidad

No existe un tiempo establecido para la resolución de este trámite. Cuando se realiza por medio del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar puede tardar entre 4 o 6 meses.

Cuando el proceso es llevado a un proceso judicial, puede tardar más tiempo, dependerá de las pruebas y las trabas que surjan en el tiempo que dure la demanda. 

Cuanto cuesta el reconocimiento de paternidad

Cuando el proceso se realice por medio del ICBF este será totalmente gratis. Cuando el proceso sea por la vía judicial, los costos van a depender de acuerdo a los honorarios del abogado, fotocopias y documentos adicionales.