Si estás pensando en realizar el cambio de tu apellido ya sea por abandono del padre, por reconocimiento paterno, porque tu padre falleció, por matrimonio o por la razón que sea, a continuación te vamos a explicar cada detalle que debes saber de este trámite.
El cambio de un apellido no es tan común como el cambio de nombre en Colombia, pero aún así es un trámite permitido por la legislación colombiana. Y por este motivo en colnotarias.com venimos a explicarte como realizar este proceso de la forma más clara posible, respondiendo a todas esas preguntas que tienes.
Requisitos para el cambio de apellido
Ten en cuenta que este trámite se realiza por una única vez para mayores de edad por medio de una escritura pública. Los documentos que necesitas son:
- Copia del registro civil de nacimiento
- Copia de la cédula de ciudadanía
Debes presentarlo en la notaría más cercana o ante la Registraduría Nacional del estado Civil y realizar la solicitud de cambio de apellido.
¿Cuánto cuesta cambiar el apellido?
La superintendencia de Notariado y Registro es quien se encarga de fijar los precios de los trámites notariales cada año, aunque este puede variar dependiendo la notaría.
El costo promedio para realizar el cambio de de apellido está en promedio a los $50.000 pesos
Solicitud de cambio de apellido
A continuación te explicaremos el paso a paso que debes realizar para cambiar tu apellido:
- Presentar en la notaría más cercana una copia de la cédula de ciudadanía y una copia autenticada del registro civil de nacimiento.
- Suscribir una escritura pública donde debe quedar consignado el cambio de su apellido
- Con la escritura pública obtenida debe acercarse a la notaría donde está su registro civil de nacimiento original y solicitar que se realicen los cambio con las nuevas anotaciones
- También puedes solicitar el cambio de cédula para ver reflejados los cambios
- Presentar la consignación bancaria para el trámite correspondiente.
Aunque este es el proceso general, le recomendamos contactar con la notaría de su interés y validar el procedimiento, ya que algunas notarías cuentan con sus propios procedimientos y requisitos.
Modelo de carta para el cambio de apellido
A continuación encontrarás un formato o carta para solicitar el cambio de tu nombre o apellido.
Descargue este formato en Word, ingrese los datos solicitados. (te recomendamos consultar con la notaría de tu interés si manejan un formato específico.
Casos en los que es permitido el cambio de apellido
De acuerdo a la legislación colombiana, solo es posible realizar el cambio de apellido si se encuentra en alguno de los siguientes casos:
Expósitos
Es aquel caso en el que un niño o una niña recién nacido no mayor a un mes haya sido abandonado. en este caso la ley dice lo siguiente:
El artículo 62 del Decreto 1260 de 1970 señala: “Si por el recién nacido expósito, o por otro motivo se ignore el apellido de los padres, el funcionario encargado del registro llenará la falta, asignándole uno usual en Colombia”.
Cómo complemento de ésa norma tenemos al artículo 2.2.6.12.2.4 del Decreto Único Reglamentario 1069 de 2015, que establece: “Si la persona cuyo nacimiento se desea registrar no tuviere nombre y apellidos conocidos, el funcionario solicitante podrá asignarle unos comunes en la región”
Adopción
En el caso de una adopción legal el artículo 64 de Ley 1098 de 2006 que contempla los efectos jurídicos de la adopción, en su numeral 3ro nos dice:
El hijo adoptivo llevará los apellidos de los padres adoptantes siendo en primer lugar el apellido paterno y luego el materno. En caso de que la adopción se lleve a cabo por una sola persona, llevará los dos apellidos del padre o la madre adoptante.
Mujeres casadas
Para el caso de una mujer casada y de conformidad al artículo 6 del decreto 999 de 1998 dice lo siguiente:
“La mujer casada podrá proceder, por medio de escritura pública, a adicionar o suprimir el apellido del marido precedido de la preposición «de», en los casos en que ella lo hubiere adoptado o hubiere sido establecido por la ley.
Reconocimiento de un hijo extramatrimonial
El padre puede presentarse ante la registraduría civil como denunciante o como testigo y expresar el reconocimiento de paternidad.
Se realizará la nota de reconocimiento, debidamente firmada, y se procederá con el cambio en el folio de registro civil y con ello el cambio de apellidos, siendo el del padre como primer apellido y el de la madre el segundo.
Impugnar paternidad
La madre que desee impugnar el apellido paterno de su hijo, siendo el verdadero otro padre. El proceso se realiza por medio de un proceso civil, en el cual la madre debe presentar las pruebas donde se evidencie la identidad del verdadero padre biológico.
Mayores de edad
Los mayores de edad se pueden acercar ante la notaría más cercana y mediante una escritura pública, comenzar el proceso de cambio de apellido.
Consideraciones a tener en cuenta
Realizar el cambio de apellido es un proceso sencillo, pero es muy importante que tenga en cuenta las siguientes consideraciones:
- Este proceso no lo exonera de sus responsabilidades administrativas, penales, judiciales o disciplinarias.
- Vas a presentar diferentes dificultades con tu nueva identidad, ya que son muchos los documentos que estarán registrados con tu anterior identidad.
- El número de cédula no se modifica con el cambio de apellido, deberá solicitar una rectificación del documento de identidad. Lo mismo deberá hacer con todos los documentos públicos y privados que disponga.
- El cambio de apellido para mayores de edad sólo puede realizarse por una única vez.
Esperamos que la información consignada en este artículo haya resuelto las dudas que tenías. Te recomendamos contactar con la notaría más cercana y validar el cambio de apellido.